
Una causa que había comenzado con una de las imputaciones más graves del Código Penal terminó con una resolución sustancialmente diferente. El Tribunal en lo Criminal N.º 3 de La Plata condenó a un hombre a seis meses de prisión de ejecución condicional por lesiones leves agravadas por el vínculo y mediando violencia de género, luego de que inicialmente el hecho fuera encuadrado como homicidio doblemente calificado en grado de tentativa.
La diferencia entre ambas figuras no es menor. El expediente llegó a instancia de juicio con una calificación penal de enorme gravedad y, gracias a la intervención del Dr. Abraham Alvarez Guzmán, quien instó y sostuvo jurídicamente el cambio de calificación legal, el proceso terminó con un encuadre sustancialmente distinto: lesiones leves agravadas por tratarse de una expareja y por mediar violencia de género.
El fallo terminó imponiendo una pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, junto con una serie de reglas de conducta durante dos años, entre ellas fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados, no mantener contacto con la víctima y realizar un programa específico.
La defensa particular estuvo a cargo del Dr. Abraham Alvarez Guzmán, cuya intervención profesional quedó expresamente registrada en la sentencia del Tribunal.
El caso pone de relieve la importancia que puede adquirir la correcta calificación jurídica de los hechos dentro de un proceso penal. Entre una acusación inicial por tentativa de homicidio y una sentencia por lesiones leves existe una diferencia considerable, tanto por la naturaleza del delito como por las consecuencias penales que puede generar para una persona acusada.
En procesos de esta complejidad, la estrategia de la defensa, el análisis de la prueba y la discusión sobre el correcto encuadre jurídico resultan determinantes. En este expediente, la intervención de la defensa encabezada por Alvarez Guzmán acompañó un cambio sustancial respecto del escenario penal con el que había comenzado el proceso.