Organizaciones de consumidores advierten que el artículo 74 del proyecto implica un “riesgo fiscal enorme” y podría trasladarse a las tarifas
El proyecto de Presupuesto 2026 incluye una disposición que habilita la compensación retroactiva a las distribuidoras eléctricas por ingresos “no percibidos” durante los distintos períodos de congelamiento tarifario desde enero de 2002. El artículo 74, incorporado por el Poder Ejecutivo, abre la puerta a un beneficio multimillonario para las empresas del sector y despierta fuertes críticas de las asociaciones de usuarios, que alertan sobre su impacto fiscal y tarifario.
“Si se aprobara la normativa tal como se envió al Congreso, las distribuidoras podrán demandar al Estado nacional, con un daño enorme para toda la población sobre la que recaería una ‘deuda’ gigantesca, ya absorbida por los consumidores con los sucesivos incrementos en el servicio”, advirtió a Página/12 Fernanda Lacey, de la Unión de Usuarios y Consumidores.
Según el texto, la Secretaría de Energía —en consulta con las jurisdicciones provinciales y los entes reguladores— deberá determinar las diferencias de ingresos percibidos por las distribuidoras nacionales, provinciales y municipales durante los años en que rigieron las leyes de emergencia en materia tarifaria. El cálculo se realizará comparando los montos realmente cobrados con los que hubieran correspondido de aplicarse los pliegos originales de concesión.
En un documento enviado al Congreso, distintas entidades de defensa del consumidor calificaron la iniciativa como una “pretensión abusiva y desproporcionada que viola principios esenciales del derecho, menoscaba la finalidad del régimen de emergencia pública y puede generar un descomunal perjuicio patrimonial para el Estado”.
Pedro Bussetti, presidente de Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco), señaló que el artículo implica “reconocer una deuda de 3.600 millones de dólares” a favor de Edenor y Edesur, aunque el impacto podría extenderse también a las distribuidoras provinciales.
“Tras las elecciones, muchos gobernadores con deudas con Cammesa buscarán compensarlas y, en consecuencia, terminarán apoyando estas medidas del gobierno de Milei”, advirtió.
El Ejecutivo, según Bussetti, “acepta en el Presupuesto el reclamo de las distribuidoras respecto a cancelar las deudas surgidas después de la devaluación de 2001/2002 y de la renegociación tarifaria de 2005, que nunca se concretó definitivamente”.
Las organizaciones alertan además que el precedente legal derivado de la aprobación del artículo 74 podría extenderse a otros servicios públicos privatizados, habilitando reclamos ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). “Las tarifas ya están dolarizadas, y lo vemos con esta validación de aumentos por encima de la inflación tras los comicios”, agregó Bussetti.
Finalmente, desde la comisión de usuarios del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) reclamaron la eliminación del artículo, al considerar que “establece un riesgo enorme e improcedente desde el punto de vista legal”. Para las asociaciones, el reconocimiento estatal de “diferencias de ingresos” a favor de las empresas implica, de hecho, “una renuncia a los efectos jurídicos protectorios de las leyes de emergencia económica”.