
Una compleja causa vinculada con la comercialización de estupefacientes en La Matanza terminó con una condena de tres años de prisión de ejecución condicional y la posterior excarcelación de la acusada. La defensa estuvo a cargo del abogado Abraham Alvarez Guzmán, quien desarrolló una estrategia orientada a delimitar el grado de responsabilidad de su asistida dentro del expediente.
La investigación se había iniciado a partir de distintas denuncias y tareas policiales relacionadas con una presunta estructura dedicada a la comercialización de drogas. Durante los procedimientos realizados en el marco de la causa se secuestraron cientos de envoltorios que contenían cocaína y se incorporaron testimonios, seguimientos y otros elementos probatorios.
La situación de la mujer defendida por Alvarez Guzmán, sin embargo, requería determinar hasta qué punto había intervenido personalmente en la actividad investigada.
Según consta en el expediente, la acusada negó haber sido autora, partícipe o cómplice de la comercialización de estupefacientes y declaró que atravesaba una situación de violencia, amenazas y coacción por parte del padre de sus hijos. También sostuvo que determinadas decisiones relacionadas con bienes que figuraban a su nombre habían sido adoptadas bajo esas amenazas.
Ese planteo formó parte de la línea defensiva desarrollada durante el proceso.
Uno de los puntos centrales del fallo aparece al momento de determinar cuál debía ser finalmente la calificación jurídica de la conducta atribuida a la acusada.
La resolución señala expresamente que, para adoptar la figura finalmente acordada, fueron consideradas la tesis exculpatoria sostenida por la imputada, las declaraciones de compradores incorporadas al expediente y la ausencia de escuchas o análisis telefónicos que permitieran considerarla autora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
La Justicia entendió, en cambio, que correspondía responsabilizarla por facilitación de inmueble para la comercialización de estupefacientes.
De esta manera, el fallo diferenció su intervención de la actividad directa de comercialización que, según la propia resolución, había sido atribuida a otros sujetos involucrados en la causa.
El proceso avanzó finalmente mediante un acuerdo de juicio abreviado que fue homologado por el tribunal.
La sentencia condenó a la acusada a tres años de prisión de ejecución condicional, además de imponer una multa, las costas del proceso y distintas reglas de conducta.
La modalidad condicional resulta central para comprender el alcance práctico de la resolución: aunque existe una condena penal, la pena de prisión no implica su cumplimiento efectivo en una unidad penitenciaria mientras se respeten las condiciones fijadas judicialmente.
Entre esas obligaciones, el tribunal dispuso durante dos años que la mujer fijara residencia, quedara sometida al cuidado del Patronato de Liberados y se abstuviera de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas.
El desenlace inmediato llegó posteriormente.
Al considerar que la mujer había recibido una sentencia todavía no firme y una pena de ejecución condicional, la Justicia resolvió concederle la excarcelación bajo caución juratoria, condicionada a que no existiera ninguna otra orden judicial que exigiera mantenerla detenida.
El resultado no constituye una absolución: el tribunal estableció responsabilidad penal por la facilitación del inmueble. Pero sí refleja una diferencia sustancial respecto de una imputación directa por comercialización de estupefacientes y, especialmente, respecto de las consecuencias concretas que podían derivarse del expediente.
En ese escenario, la actuación de Abraham Alvarez Guzmán quedó vinculada a una estrategia defensiva centrada en precisar el nivel de intervención de su asistida, plantear las circunstancias que rodeaban su conducta y discutir jurídicamente el alcance de la responsabilidad penal.
Una causa de elevada complejidad, atravesada por una investigación de narcotráfico, terminó así con una pena de ejecución condicional y la posterior excarcelación de la acusada.