La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Dirección General Impositiva (DGI), presentó una denuncia penal contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por la presunta apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social. El perjuicio fiscal estimado asciende a $7.593.903.512,23, según consta en la presentación judicial.
La denuncia apunta a la conducción de la entidad y señala como principal responsable a Claudio Fabián Tapia, presidente de la AFA, en su carácter de representante legal, agente de retención y administrador de la clave fiscal del organismo. La investigación abarca el período comprendido entre agosto de 2025 y diciembre del mismo año, aunque también incluye obligaciones previsionales correspondientes a meses anteriores.
Según el escrito presentado por la DGI —organismo encabezado por Andrés Vázquez—, la AFA habría retenido impuestos y contribuciones previsionales sin depositarlos en tiempo y forma, incumpliendo con las obligaciones establecidas en el Régimen Penal Tributario (Ley 27.430), en particular los artículos 4° y 7°.
La denuncia fue firmada por Vanina Mariel Vidal, jefa interina de la Sección Penal de la División Jurídica de ARCA, y cuenta con el patrocinio de los abogados Matías Alejo Gentile Brezigar y Felicitas Achábal. En el documento se detalla que las omisiones superan ampliamente el monto mínimo mensual requerido por la ley para configurar un delito penal tributario.
De acuerdo con la información aportada por la División Recaudación Grandes Contribuyentes, las retenciones impositivas no ingresadas en término —correspondientes a IVA, Impuesto a las Ganancias y Ganancias Artículo 79— alcanzan los $916.005.301,41, correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2025. Al 10 de diciembre, esos montos aún permanecían impagos.
En paralelo, las contribuciones a la seguridad social, si bien fueron finalmente depositadas, se ingresaron fuera del plazo legal. El total de esos conceptos asciende a $6.677.898.210,82, correspondientes al período comprendido entre diciembre de 2024 y septiembre de 2025.
En el análisis jurídico, ARCA sostiene que la conducta atribuida a la AFA encuadra en la figura de apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social, al verificarse la retención efectiva de los fondos, la capacidad económica de la entidad para cumplir con el pago y la omisión del depósito dentro del plazo legal. En ese sentido, se cita el precedente “Lambruschi” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que considera este tipo de delito como de omisión instantánea.
El escrito remarca que los fondos retenidos no constituyen recursos propios de libre disponibilidad, sino dinero perteneciente al Estado, y que su utilización para otros fines implica un financiamiento indebido. Además, sostiene que existió conocimiento pleno de la obligación legal por parte de la entidad, lo que permitiría configurar el elemento subjetivo del delito.
La denuncia aclara que la AFA figura como asociación civil bajo la actividad “Servicios de asociaciones NCP” y que no registra antecedentes penales previos en los sistemas de la DGI. No obstante, la presentación judicial compromete directamente a la actual conducción de la entidad.
La causa queda ahora en manos de la Justicia, que deberá determinar si existieron responsabilidades penales y avanzar en las eventuales imputaciones correspondientes.